Realmente que sorprende la actitud de ciertos
Alcaldes de nuestro país, en cuanto a la decisión de asumir o no la competencia
de tránsito cantonal, solo basta revisar el Art. 264 de la Constitución en su
numeral 6 el cual establece como competencia exclusiva de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados Municipales la de planificar, regular y controlar el tránsito y el
transporte público dentro de su territorio cantonal, es lógico que dentro de
esa regulación que le otorga la Constitución también se incluye la de regular
las tarifas de transporte, por lo que la actitud asumida de preguntar al pueblo
sobre si está o no de acuerdo en el alza de la tarifa es por demás politiquera
y anti técnica, si el burgomaestre tuvo la genial idea de no incrementar los
impuestos a la propiedad urbana sin preguntar a nadie al respecto, pues debe también
asumir la competencia de transporte público en nuestra ciudad, y verlo como una
oportunidad para mejorar el pésimo servicio público tomando acciones
planificadas y técnicas en BENEFICIO DE LAS GRANDES MAYORÍAS con visión de servicio y no de negocio, lo demás es puro
cuento....